Diario: La Verdad
Fecha: 15/01/2002
Palabras clave: Alcohol, Tabaco, Consumo, Nueva Ley
Tema: Alcohol
La nueva ley de drogodependencias prohibirá consumir alcohol en los centros de trabajo
El texto impedirá comprar tabaco a menores y la venta nocturna de licores de alta graduación
JOSE LUIS MORALES El Gobierno valenciano está dispuesto a combatir el abusivo consumo de tabaco y bebidas alcohólicas por parte de los jóvenes durante los fines de semana, y a su vez, acabar definitivamente con la moda de los botellones. Este es el objetivo de la nueva ley de drogodependencias, a cuyo texto definitivo ha tenido acceso La verdad, que aumenta a los 18 años la edad para el consumo de alcohol y tabaco. Asimismo, el texto prohíbe el suministro y consumo de alcohol de alta graduación (whisky o carajillos) en centros de trabajo y de la administración, así como en áreas de servicios, tiendas 24 horas y centros sociales y educativos. Además, se impide que Canal 9 emita anuncios de estas sustancias adictivas durante todo el día.
Conseguir una sociedad sana. Ese es el objetivo del texto definitivo de la Ley de Drogodependencias y Trastornos Adictivos, que modifica la aprobada en junio de 1997, en la que se eleva hasta los 18 años la prohibición del consumo de tabaco y alcohol, y se endurecen las medidas contra su consumo en vías públicas y centros de trabajo. La nueva legislación, a cuyo contenido definitivo ha tenido acceso La verdad, tiene un carácter absolutamente restrictivo, ya que la edad mínima para el consumo y compra de alcohol y tabaco se eleva hasta los 18 años, fijando duras sanciones para aquellos establecimientos que incumplan la nueva normativa.
A parte del incremento de edad, la nueva normativa restringe drásticamente el consumo de alcohol en lugares públicos quedando prácticamente reducido a establecimientos de hostelería, pubs y discotecas, permitiéndose únicamente su suministro y consumo en vías durante fiestas patronales o en lugares autorizados, como terrazas.
En el resto de lugares el consumo de alcohol queda drásticamente prohibido. Así sucede en el caso de las bebidas de más de dieciocho grados centesimales, entre las que se encuentra el whisky, que no podrá ni venderse, ni consumirse en cualquier dependencia de la administración, centros de trabajo, gasolineras, áreas de servicio y descanso de las autopistas, universidades, centros de enseñanza superior y no reglada, así como centros de servicios sociales, sanitarios, sociosanitarios y en las empresas de transporte público.
Respecto al consumo y suministro de alcohol de menor graduación, como vino y cerveza, se permite una mayor flexibilidad en los lugares habilitados al efecto por la empresa en cuestión, siempre que no suministre a menores de edad.
De igual manera, se mantiene la prohibición de venta de bebidas alcohólicas de cualquier graduación en todo tipo de establecimientos, incluidas las tiendas de 24 horas, entre las 22 horas y las 7 de la mañana, tal y como recogía la ley aprobada en 1997, si bien, en el nuevo texto se aumenta la prohibición a la venta en establecimientos comerciales o por teléfono y seguida del reparto a domicilio de los productos comprados, cuando este reparto se produzca en la franja horaria indicada.
La nueva ley también establece prohibiciones publicitarias en los medios de comunicación de titularidad de la Generalitat, que no podrán emitir anuncios de bebidas alcohólicas y tabaco desde las 8 de la mañana hasta las 22 horas.
Asimismo, se pretende ampliar esta prohibición a periódicos, revistas y cualquier medio escrito en páginas dirigidas a menores de 18 años. De igual manera, se prohíbe la existencia de anuncios publicitarios referentes al consumo de tabaco y alcohol a menos de 150 metros de centros escolares y en cualquier centro de trabajo, educativo, social, sanitario, empresas de transporte y en dependencias de la administración. Según el conseller de Bienestar Social, Rafael Blasco, no se trata de medidas restrictivas por capricho personal: «Obedecen a una demanda de la sociedad que cada día está más preocupada por los abusos de los jóvenes ante el consumo excesivo del alcohol y otras sustancias durante los fines de semana».
Las restricciones se extienden a actos públicos que estimulen el consumo de tabaco y alcohol, especialmente aquellos que fomente la competitividad en el consumo de ambas sustancias. Además, en las marcas y máquinas de venta se exigirá que aparezca la prohibición de consumo y suministro a menores de edad.
Respecto al régimen sancionador, se pretende responsabilizar del consumo a los comercios y establecimientos que vendieran el alcohol, o a los titulares de la concesión en el caso se tratara de máquinas expendedoras, de forma que se penalizaría al dueño del local en que se encuentra la máquina. Las sancionas podrán ser económicas o de cese de la actividad, según la reiteración de la infracción y su importancia.
ACCESIBILIDAD | XHTML | CSS © INID 2024 | Sant Joan d'Alacant