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Proyecto de ley sobre prevención de drogas y alcohol en los colegios

13 de septiembre de 2012.-

Proyecto de ley sobre prevención de drogas y alcohol en los colegios

El Presidente Sebastián Piñera, junto a los ministros del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Hinzpeter; de la Secretaría General de la Presidencia, Cristián Larroulet; y de Educación, Harald Beyer; firmaron el proyecto.


La iniciativa se enmarca en el Plan Escuela Segura, lanzado el 31 de julio por el Gobierno, el cual busca fortalecer en todos los colegios del país, las medidas para prevenir y proteger a los estudiantes de todo tipo de riesgos.

“El proyecto que hoy día estamos celebrando, es un proyecto de ley que establece la obligación para todas las escuelas de nuestro país de tener un programa de prevención contra el consumo de drogas y alcohol en todos los niveles del sistema escolar. Y esto es muy importante, yo quiero decirlo con todas sus letras: no nos equivoquemos, no nos confundamos, la droga es muerte, es dolor, es sufrimiento, la droga nos roba la libertad de poder actuar como seres humanos, en forma libre y responsable”, destacó el Presidente Piñera.

Principales aspectos del proyecto:

• El proyecto establece que el “encargado de convivencia escolar”, que ya existe en los colegios, pasará a estar encargado, además, de la coordinación de las políticas de prevención del consumo de drogas y alcohol.

• Se establece también el deber de todas las escuelas del país de contar en el Reglamento Interno con un plan de prevención de drogas y alcohol, incluido. Dicho plan deberá considerar acciones pedagógicas sistemáticas en todos los niveles educativos, debiendo presupuestar, además, tanto los recursos humanos como el tiempo suficiente para lograr tales fines. De esta forma los establecimientos asumen el rol de agentes preventivos.

• La Superintendencia de Educación fiscalizará y evaluará la existencia e implementación del plan, y de incumplir con este requisito, el establecimiento puede ser sancionado, multado o incluso perder el reconocimiento oficial del Estado.

• Los establecimientos escolares tendrán un plazo de un año para presentar el plan de prevención exigido por la nueva normativa, contado desde la fecha en que ésta entre en vigencia. Asimismo, los sostenedores contarán con un plazo de dos años para implementar las acciones declaradas en el plan de prevención del consumo de drogas y alcohol.

• El Estado, por su parte, queda obligado a mantener orientaciones, capacitaciones y programas de prevención del consumo de alcohol y drogas para todos los establecimientos educacionales del país, de tal modo que éstos puedan optar por alguno de los antedichos programas o por cualquier otro que cumpla con niveles mínimos de calidad.

El Plan Escuela Segura contempla también medidas para enfrentar los problemas de convivencia escolar, maltrato o abuso sexual. La Superintendencia de Educación Escolar fiscalizará la existencia de políticas para prevenir el bullying y revisará que todos los colegios cuenten con protocolos claros y conocidos de actuación ante denuncias de abuso sexual y medidas específicas para la prevención de estos casos. El Ministerio dispondrá de material, talleres y capacitación para docentes en estas materias.

Fuente: El Boyaldía