Diario: Las Provincias
Fecha: 05/07/2002
Palabras clave: Tabaco, Alcohol, Menores
Tema: Publicidad
Los menores de 18 años no podrán beber ni fumar desde el 27 de agosto
La restricción de la publicidad se retrasa a febrero de 2003
Los menores de 18 años no podrán comprar ni consumir tabaco y alcohol de cualquier graduación a partir del próximo 27 de agosto. La reforma de la Ley de Drogodependencias de la Comunidad Valenciana entrará en vigor en esa fecha, aunque la prohibición de la publicidad de estos productos no se aplicará hasta finales de febrero de 2003.
La adquisición y el consumo de tabaco y alcohol quedará prohibido para los menores de 18 años en cualquier lugar, público o privado, de la Comunidad Valenciana a partir del 27 de agosto. La reforma de la ley autonómica de Drogodependencias y Otros Trastornos Adictivos entrará en vigor en esa fecha, después de que fuera publicada la semana pasada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
La aumento de 16 a 18 años de la edad legal para poder consumir estos productos, anunciado por la Conselleria de Bienestar Social en otoño del año 2000, es una de las principales novedades de la nueva ley. El principal objetivo es retrasar el inicio en el uso del alcohol y el tabaco para evitar posteriores adicciones.
Sin embargo, la restricción de la publicidad del alcohol y el tabaco (otra de las innovaciones del texto legal) no se aplicará hasta finales de febrero de 2003. A partir de entonces, no podrá haber carteles anunciadores de estas sustancias a menos de 200 metros en línea recta de centros sociales, sanitarios y educativos de cualquier tipo y de lugares destinados a espectáculos dirigidos a menores de 18 años. En el interior de estas instalaciones, obviamente, tampoco podrá haber promociones de estas características.
Según recoge la ley, esta medida va encaminada a la tendencia en los países de la Unión Europea de la prohibición total de la publicidad del tabaco.
La publicidad de las bebidas alcohólicas de cualquier graduación tampoco podrá incluirse en las páginas o espacios destinados preferentemente a menores de edad en cualquier periódico, revista o medio escrito.
La anterior ley autonómica (de 1997) ya prohibía el consumo de alcohol en la vía pública (práctica conocida como botellón). Su reforma incluye repuestas a fenómenos como los concursos de bebidas o tabaco y a otros más recientes como el suministro de alcohol a domicilio, que quedará absolutamente prohibido a partir del 27 de agosto desde las 22 horas de la noche hasta las 7 horas de la mañana.
Terapia con heroína
La nueva Ley de Drogodependencias recoge que se fomentará el uso compasivo de sustancias agonistas para las terapias de los toxicómanos e incluye a las mismas drogas que produjeron la adicción.
Cuando el Gobierno central apruebe los estudios científicos que acrediten el éxito de la heroína como fármaco curativo (ya se investiga en Andalucía), la Generalitat estará obligada a aplicarla. Está medida será idéntica con cualquier otro tipo de sustancia, como por ejemplo la cocaína o las drogas de síntesis.